La regulación tributaria de alcohol en Costa Rica se establece por cada mililitro de alcohol contenido en cualquier bebida, no importa si es nacional o importada, tampoco su presentación, o su concentración de alcohol por volumen.

El impuesto específico sobre las bebidas alcohólicas se debe pagar tanto en las que se producen dentro del mismo país a nivel fábrica, así como en la importación o internación de los productos, en donde se hace el cobro de impuesto a través de la aduana respectiva.

El periodo fiscal bajo el que funciona el impuesto es mensual, y se calcula a través de los mililitros de alcohol absoluto y del impuesto específico a las bebidas alcohólicas, ya que dependiendo de ciertas características puede variar.

Si el porcentaje de la bebida se expresa en masa, como en el caso de la cerveza, se debe identificar el número exacto al dividirlo entre 0.79, que corresponde a la densidad del alcohol, y el resultado indicará una cantidad.

Una vez que se tenga ese número, se determinará la cantidad de mililitros de alcohol absoluto, que se calcula multiplicando el porcentaje de alcohol por volumen, por la cantidad de mililitros de cada tipo de bebida.

Cada número obtenido indica el impuesto específico por mililitro de alcohol absoluto que le corresponde aplicar a cada tipo de bebida alcohólica. El monto total del impuesto corresponde a la sumatoria del impuesto determinado por tipo de bebida alcohólica.

Si la bebida tiene un porcentaje de alcohol por volumen de hasta 15%, el impuesto en colones por mililitro es de ¢3,29; si excede el 15% y no se pasa del 30%, el impuesto es de ¢3,94; mientras que si excede el 30%, se deberá pagar ¢4,58.